JURÍDICO

LINEAMIENTOS PARA LA CONTINUIDAD SALUDABLE DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS ANTE COVID-19

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Octubre 14, 2022
LINEAMIENTOS PARA LA CONTINUIDAD SALUDABLE DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS ANTE COVID-19

Fue publicado por la Secretaría de Salud y otras Autoridades en el Diario Oficial de la Federación, la siguiente disposición.

Los puntos de los Lineamientos para las empresas, son los siguientes:
 

MEDIDAS GENERALES
 
Promover la orientación, capacitación y organización de las personas trabajadoras para prevenir y controlar la propagación de COVID-19, tanto en sus hogares como en eventos sociales, transporte público o privado.
 
  • Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón, o bien, usar soluciones a base de alcohol al 60%.
  • La práctica de la etiqueta respiratoria: cubrirse nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo.
  • Mantener una sana distancia (al menos a 1.5 metros).
  • Establecer un programa de capacitación para el personal directivo o gerencial sobre las acciones y medidas para prevenir y evitar cadenas de contagio por COVID-19. Se puede hacer uso del material disponible en la plataforma. 
 

EN LOS CENTROS DE TRABAJO
 
  • Sana distancia en el centro de trabajo. Se sugiere favorecer una distancia mínima de 1.5 metros entre las personas.
  • Proveer dispensadores con soluciones a base de alcohol al 60% a disposición del personal en distintos puntos del centro de trabajo.
  • Garantizar que los sanitarios cuenten con lavamanos y condiciones adecuadas para la limpieza del personal.
  • Establecer un programa de limpieza y mantenimiento permanente del centro de trabajo y los lugares de labor, incluidos los destinados a los servicios de alimentos, de descanso y, en su caso, de pernocta, utilizando los productos de limpieza adecuados para prevenir la propagación del virus.
  • En caso de ser posible, favorecer la ventilación natural en espacios comunes o de mayor concentración de personal, además de aquellas áreas de trabajo con gran afluencia de personal.
  • Revisar el funcionamiento de los sistemas de ventilación, en caso de contar con estos, además de dar mantenimiento y cambios de filtro para su correcta operación.
  • Se retira el uso de tapetes desinfectantes. No deben utilizarse.


APLICACIÓN DE PRUEBAS COVID-19
 
En los centros de trabajo se pueden realizar pruebas de antígeno y RT-PCR para SARS-CoV-2, previo consentimiento de los trabajadores.
 
La prueba de detección de material genético viral (RT-PCR) sigue siendo la prueba aceptada internacionalmente para la confirmación durante la fase aguda de la enfermedad. Las pruebas de detección de antígeno de SARS-CoV-2, son útiles para detectar moléculas específicas de este virus, los cuales están presentes cuando existe una infección activa.
 
En ningún caso debe ser obligatoria la toma de una prueba (RT-PCR, de antígeno o serológica) para el regreso al trabajo. Las empresas deben contar con una política de protección a las personas trabajadoras para evitar que se condicione el retorno al trabajo por medio de pruebas financiadas por el  trabajador.
 

VACUNACIÓN
 
La vacunación reduce el riesgo de presentar una enfermedad severa y/o morir a consecuencia de COVID-19, sin embargo, no debe considerarse como la única  opción para mitigar el riesgo por esta enfermedad, sino que es un complemento a otras acciones preventivas como: etiqueta respiratoria, sana distancia, uso de  equipo de protección personal, entre otras.
 
La vacunación no debe ser un factor condicionante para impedir que las personas realicen sus actividades laborales.
 
 
USO DE CUBREBOCA
 
Con la finalidad de reducir el riesgo de contagio, las personas empleadoras  podrán distribuir cubrebocas (mascarilla quirúrgica) entre la población trabajadora, supervisando el uso correcto (cubriendo nariz y boca). No se recomienda el uso de mascarillas con válvula, toda vez que no disminuyen la transmisión por COVID-19.
 
Se sugiere el uso de cubrebocas de acuerdo con el siguiente esquema:
 
  • ESPACIOS ABIERTOS: Con sana distancia (1.5 metros) NO OBLIGATORIO
  • ESPACIOS ABIERTOS: Sin sana distancia (1.5 metros) RECOMENDABLE
  • ESPACIOS CERRADOS: Con sana distancia (1.5 metros) NO OBLIGATORIO
  • ESPACIOS CERRADOS: Sin sana distancia (1.5 metros) RECOMENDABLE
 
Se sugiere conservar el uso del cubrebocas en espacios cerrados que no se encuentren ventilados o cuenten con poca ventilación.
 
 
CONSIDERACIONES DONDE SE PUEDE OMITIR EL USO DE CUBREBOCA:
 
  • Personas que no comparten el lugar físico de trabajo. 
  • Al tomar bebidas o consumir alimentos.
  • Trabajo físico intenso.
 
 
CONSIDERACIONES DONDE SUGIERE EL USO DE CUBREBOCA:
 
A las personas que decidieron no vacunarse o con inmunocompromiso se les sugiere utilizar cubrebocas en todo momento.
 
En lugares de trabajo mal ventilados las personas que compartan el mismo lugar físico de trabajo.
 
Los casos especiales se tendrán que valorar de manera individual.
 

RECOMENDACIONES EN MATERIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA EN EL ENTORNO LABORAL

PLANEACIÓN Y VIGILANCIA
 
Designación de un comité o persona responsable de la correcta implementación, seguimiento y supervisión de las medidas para la Nueva Normalidad en el marco de COVID-19. Dicho comité o persona responsable deberá:
 
  • Cerciorarse que las estrategias generales de control son correctamente implementadas.
  • Mantenerse informado de las indicaciones de la autoridad federal para, en su caso, comunicar a las personas trabajadoras sobre nuevas medidas que deban implementarse.
  • Supervisar que se cumplan los protocolos de limpieza de áreas,  superfícies, objetos de contacto y de uso común.
 

MEDIDAS DE INGENIERÍA
 
Se recomienda que, en los accesos y áreas comunes del centro de trabajo, se cuente con lavamanos con jabón, agua y toallas de papel desechable o secadores de aire para manos y botes de basura. En caso de no contar con lavamanos en los accesos, se puede contar con dispensadores con solución base alcohol por lo menos al 60%. Esta medida garantiza que las personas trabajadoras que deseen ejecutar la higiene de manos a su llegada al trabajo lo puedan hacer.
 
Los sanitarios cuentan con lavamanos en condiciones adecuadas de operación.
 
En caso de contar con sistemas de ventilación en el centro de trabajo se deberá vigilar que funcionen adecuadamente y cuenten con cambios de filtros acorde a lo establecido por el proveedor.
 
Se debe favorecer la ventilación natural en los lugares que es posible. En caso de no ser posible, se puede contar con sistemas de ventilación con el mantenimiento adecuado establecido por el proveedor.
 

ALIMENTACIÓN Y TRANSPORTE
 
Se recomienda que durante el consumo de alimentos se pueda mantener una distancia entre las personas trabajadoras de 1.5 metros. 
 
Se recomienda a las personas trabajadoras que durante los traslados (de casa al trabajo y viceversa, o en comisiones) utilicen su cubreboca durante el trayecto en caso de hacerlo en transporte público, y realicen higiene de manos con solución base alcohol por lo menos al 60%.
 
En caso de que la empresa cuente con transporte de personal, se debe realizar la limpieza de la unidad antes de subir a las personas trabajadoras.
 

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL
 
En caso necesario, durante la jornada laboral se utiliza el cubreboca de forma correcta cubriendo nariz y boca, de acuerdo con el esquema de uso de cubrebocas establecido en el presente documento.
 

PROMOCIÓN DE LA SALUD, INFORMACIÓN Y CAPACITACIÓN
 
Informar a las personas trabajadoras sobre las medidas de prevención establecidas en el Protocolo de Seguridad Sanitaria de la empresa.
 
Contar con un programa de capacitación para todas las personas trabajadoras sobre las acciones a realizar en el centro de trabajo para prevenir y evitar cadenas de contagio por COVID-19; puede hacerse uso del material de CLIMSS que se ubica en la liga siguiente: https://climss.imss.gob.mx/
 
Contar de manera clara y escrita en su protocolo de Seguridad Sanitaria con los conceptos de caso sospechoso, confirmado y contacto.
 
Contar con un instrumento (cuestionario) para identificación de síntomas de casos sospechosos en personas trabajadoras para COVID-19, en apego a la definición operacional vigente.
 
Contar con un instrumento (listado o censo) para la identificación de contactos de trabajo y comunitarios, que incluya: Nombre, fecha del último contacto de trabajo, nombres de los contactos, tiempo y lugar de exposición.
 
Establecer una política de protección a las personas trabajadoras para evitar que se condicione el retorno al trabajo por medio de pruebas financiadas por las personas trabajadoras. 


FUENTE: Jurídico AMR.