JURÍDICO

PERMISOS DE ANUNCIOS DE LOS RESTAURANTES PARA EVITAR MULTAS POR VERIFICACIÓN

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Octubre 21, 2022
PERMISOS DE ANUNCIOS DE LOS RESTAURANTES PARA EVITAR MULTAS POR VERIFICACIÓN

Algunas Alcaldías de la Ciudad de México, están realizando Visitas de Inspección a los Establecimientos Mercantiles para constatar el estado de los anuncios.

Por ello, se recomienda a aquellos Establecimientos Mercantiles que tengan instalados anuncios, verifiquen si cuentan con el Permiso Administrativo Temporal Revocable expedido por la Alcaldía cuando el anuncio se encuentre ubicado en vías secundarias, y por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) cuanto se ubique en vías primarias. 

Los requisitos para obtener un Permiso Temporal Revocable por parte de las Alcaldías, son los siguientes:

  • Escrito libre dirigido a la Alcaldía correspondiente, con todos los datos de la empresa, número telefónico, etc., solicitando el permiso y a su vez la cuantificación de los derechos que deben pagarse. En el escrito deben especificarse las dimensiones de los anuncios, tipos de anuncio, si son denominativos o no, que va a decir cada anuncio, materiales de construcción, si contienen sistemas de ahorro de energía, y desde luego, no contener sustancias tóxicas o nocivas para la salud y estar construidos con materiales reciclables y biodegradables. Adjuntar un croquis de localización de los anuncios y el lugar específico dónde se instalará. Si son adosados a la fachada o luminosos.


Adicionar a la Solicitud de Permiso: 

  • Original del Contrato de Arrendamiento o algún otro documento para acreditar la posesión del inmueble.
  • Original o copia certificada por Notario Público del Acta Constitutiva de la empresa.
  • Original o copia certificada por Notario Público del Poder del Representante Legal.
  • Original o copia certificada por Notario Público de la Identificación oficial del Representante Legal. 
  • Original de la carta poder de autorización en favor de la persona que realizará y revisará el trámite. 

La Alcaldía se tarda aproximadamente de 10 a 15 días hábiles para dar respuesta a la solicitud.

Tener colocados anuncios, ya sean luminosos o adosados a la fachada, sin contar con los Permisos correspondientes, ocasionará la imposición de multas en caso de una Verificación, las cuales son cuantiosas, así como la posibilidad de que se ordene el retiro del anuncio. 


FUENTE: Jurídico AMR.