JURÍDICO

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Octubre 28, 2022
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO

Con la aplicación de la Reforma Laboral a partir del 3 de octubre de 2022, es muy probable que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, tanto a nivel Local como Federal, implementen Inspecciones a las empresas para comprobar el cumplimiento de las obligaciones laborales a su cargo, respecto de los trabajadores que les prestan servicios.

Por ello, es necesario que actualicen todos los documentos que como patrones tienen obligación de conservar y exhibir ante las Autoridades.

Uno de esos documentos, es el Reglamento Interior de Trabajo, que es el instrumento legal donde se establecen las condiciones de trabajo bajo las cuales prestan sus servicios los trabajadores, y se prevén las sanciones que pueden imponer los patrones a los trabajadores cuando cometen alguna falta que no amerite la rescisión de la relación laboral.    


El Reglamento, debe contener las siguientes disposiciones:

  • Horas de entrada y salida de los trabajadores, tiempo destinado para las comidas y periodos de reposo durante la jornada.
  • Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo.
  • Días y horas fijados para hacer la limpieza de los Establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles de trabajo. 
  • Días y lugares de pago.
  • Normas para el uso de los asientos o sillas en número suficiente a disposición de los trabajadores. 
  • Normas para prevenir los riesgos de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios.
  • Labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores y la protección que deban tener las trabajadoras embarazadas.
  • Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos o periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las Autoridades. 
  • Permisos y licencias.
  • Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación. La suspensión en el trabajo, como medida disciplinaria, no podrá exceder de ocho días. El trabajador tendrá derecho a ser oído antes de que se aplique la sanción; y
  • Las demás Normas necesarias y convenientes, de acuerdo con la naturaleza de cada Empresa o Establecimiento para conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo de trabajo.


Para la formulación del Reglamento Interior de Trabajo, deberá observarse lo siguiente:

  • Se formulará por una Comisión Mixta que represente a los Trabajadores y al Patrón.
  • Cuando en la Empresa aplique Contrato Colectivo de Trabajo, corresponderá al Sindicato representar los intereses de los trabajadores en la formulación y firma del Reglamento Interior de Trabajo, así como para su depósito. 
  • Si las partes se ponen de acuerdo, cualquiera de ellas, dentro de los ocho días siguientes a su firma, lo depositarán ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. 
  • El Reglamento surtirá efectos legales a partir de la fecha de su depósito o Registro ante dicha Autoridad. Deberá imprimirse y repartirse entre los trabajadores y se fijará en los lugares visibles del Establecimiento.

Se recomienda que cuando se entregue un ejemplar a cada trabajador, firme de recibido con nombre y fecha.


FUENTE: Jurídico AMR.