JURÍDICO

PRECISIONES EN LA EXHIBICIÓN DE LOS PRODUCTOS QUE SE OFRECEN AL PÚBLICO A LA ENTRADA DE LOS RESTAURANTES

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Marzo 03, 2023
PRECISIONES EN LA EXHIBICIÓN DE LOS PRODUCTOS QUE SE OFRECEN AL PÚBLICO A LA ENTRADA DE LOS RESTAURANTES

Con relación al Decreto publicado en la Gaceta Oficial el 28 de febrero de 2023, emitido por la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual se reglamenta el Artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México en Materia de Atención e Información al Cliente sobre el Servicio de Venta de Alimentos Preparados y Bebidas, y que se hizo de su conocimiento el día 1 de marzo de 2023, se precisa lo siguiente: 

El Decreto establece: Que deberán exhibirse a la entrada de las instalaciones la Carta o Menú con medidas mínimas de 35 centímetros de ancho por 50 centímetros de largo, con la descripción y precios (con Impuesto al Valor Agregado Incluido) de cada uno de los productos que ofrecen, así como de cualquier servicio que genere un costo adicional. 

Lo anterior implica, que debe exhibirse la Carta o Menú con los precios de todos los productos que se ofrezcan al público. No pueden exhibirse sólo parte de esos productos, pues se estaría infringiendo el Decreto y se harían acreedores primeramente a dos amonestaciones, y posteriormente a una multa de hasta 125 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización vigente (UMA) en caso de que el Establecimiento no subsane el incumplimiento.

La recomendación sería, que se elaboren Cartas o Menús con dimensiones mayores a las indicadas para la exhibición de todos los productos, y que en cada Carta o Menú se señale el gramaje y los mililitros de cada producto, para evitar sanciones por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor, si se omiten estos dos elementos. 

También deberá exhibirse a la vista del público los números de contacto de las Autoridades ante quienes los clientes pueden presentar quejas o denuncias por prácticas abusivas o discriminatorias. 


Los números de Contacto de las Autoridades involucradas serían: 

LOCATEL (Lo señala el Decreto): 55 56 58 11 11 
INVEA: 55 47 37 77 00
PROFECO: 55 55 68 87 22
CONAPRED (Quejas por Discriminación): 55 52 62 14 90 

Conforme al TRANSITORIO TERCERO del Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 28 de febrero de 2023, los Titulares o Responsables de los Establecimientos Mercantiles con Giro Principal o Complementario de Venta de Alimentos Preparados y/o Bebidas contarán con un plazo de treinta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, a efecto de realizar lo necesario para el cumplimiento de sus disposiciones (del 2 al 30 de marzo de 2023). Entra en vigor el 31 de marzo de 2023. 


FUENTE: Jurídico AMR.