JURÍDICO

ACUERDOS DE LEY SECA PARA LAS ALCALDÍAS CUAJIMALPA DE MORELOS, VENUSTIANO CARRANZA Y MAGDALENA CONTRERAS

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Marzo 31, 2023
ACUERDOS DE LEY SECA PARA LAS ALCALDÍAS CUAJIMALPA DE MORELOS, VENUSTIANO CARRANZA Y MAGDALENA CONTRERAS

Se les informa de los Acuerdos de Ley Seca en las Alcaldías Cuajimalpa de Morelos, Venustiano Carranza y Magdalena Contreras publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con motivo de las celebraciones religiosas de la Semana Santa. 


ALCALDÍA CUAJIMALPA DE MORELOS

PRIMERO. Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, a partir de las 00:00 horas del día 06 de abril de 2023, hasta las 24:00 horas del día 09 de abril del mismo año, en los establecimientos mercantiles ubicados en la colonia de La Venta y dentro del primer cuadro de la Alcaldía de Cuajimalpa de Morelos, que abarca las calles de Avenida Juárez, Avenida México, Avenida Veracruz, Tamaulipas, Guillermo Prieto, Lic. Castillo Ledón, 21 de Marzo, Ocampo, Lerdo, Puebla, José María Castorena, Trueno, Morelos, Guerrero, Coahuila, Cuauhtémoc y Jesús del Monte; que operen como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, salas de cine con venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, salones de baile, restaurantes, fondas, así como, en cualquier tipo de establecimiento mercantil en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias y tradiciones populares.

SEGUNDO. Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas pecuniariamente y con clausura, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México y de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.


ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

PRIMERO. Se ordena la suspensión de actividades para vender o distribuir gratuitamente bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 23:59 horas durante los días 06, 07 y 08 del mes de abril del año 2023, en los establecimientos mercantiles, ubicados dentro del perímetro de la demarcación territorial Venustiano Carranza, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar o que tengan operaciones relacionadas con la venta de alcohol, en vaso, copa o recipiente de cualquier tipo, en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las festividades y tradiciones populares en la vía pública. Se exceptúa de la prohibición, única y exclusivamente para su venta y consumo en copeo o en bebida embotellada al interior de los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y III de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, siendo restaurantes y cualquier otro similar con venta de bebidas alcohólicas que cuenten con la debida autorización, actualizada o revalidada en términos de la legislación correspondiente.

SEGUNDO. Queda prohibida dentro de la demarcación territorial Venustiano Carranza, en las fechas señaladas; la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares, por este Acuerdo y en virtud de la legislación aplicable.

TERCERO. Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

CUARTO. Toda persona que contravenga el presente Acuerdo, será remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la imposición de la sanción que en derecho corresponda, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley de Cultura Cívica, la Ley de Verificación Administrativa y demás disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México.


ALCALDÍA MAGDALENA CONTRERAS

PRIMERO. Se suspenden las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, desde las 00:00 horas del día jueves 06 de abril del año 2023, hasta las 23:59 horas del día domingo 09 del mismo mes y año, en los establecimientos mercantiles y vía pública ubicados en la demarcación territorial La Magdalena Contreras, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, aquellos que se instalen temporalmente y en cualquier otro similar, en los que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación, incluyendo el servicio a domicilio en el que se comercialicen u obsequien bebidas alcohólicas para el consumo humano.

SEGUNDO. Toda persona que contravenga el presente Acuerdo será? remitida sin dilación al Juzgado Cívico correspondiente para la imposición de la sanción que en derecho corresponda, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley de Establecimientos Mercantiles, la Ley de Cultura Cívica, la Ley de Verificación Administrativa y demás disposiciones legales vigentes en la Ciudad de México.

TERCERO. Se revoca el Acuerdo por el que se Establece la Suspensión de Actividades Relacionadas con la Venta de Bebidas Alcohólicas en todas sus graduaciones, en los Establecimientos Mercantiles ubicados en la Demarcación Territorial de la Alcaldía La Magdalena Contreras, durante los días indicados, con motivo de la celebración de Semana Santa, publicado el día 09 de marzo de 2023, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, número 1061.


FUENTE: Jurídico AMR.