JURÍDICO

PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS COMO UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Julio 10, 2023
PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS COMO UN DERECHO FUNDAMENTAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS

Fue presentado ante el Senado de la República por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), una Iniciativa con Proyecto de Decreto relacionado con la participación en las utilidades de las empresas como un derecho fundamental de las personas trabajadoras, establecido en el artículo 123 Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El Decreto propone que se reformen los artículos 122 y 127, y se adicione una Fracción II Bis al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue: 

ARTÍCULO 122. El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse íntegramente conforme al porcentaje y cálculo que corresponda a cada trabajador dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el Impuesto Anual, aún cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.

ARTÍCULO 127. El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ES IMPRESCRIPTIBLE y se ajustará a las normas siguientes: 

I a VIII. … (Seguirían vigentes estas disposiciones de la Ley actual).

ARTÍCULO 132. Son obligaciones de los patrones:

I. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos;

II. Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento;

II. BIS. Repartir y pagar a los trabajadores íntegramente las cantidades o montos que correspondan a los trabajadores por concepto de utilidades, conforme a las normas establecidas en el artículo 127 de esta Ley. 

III a XXXIII. … (Seguirían vigentes estas disposiciones de la Ley actual)


FUENTE: Jurídico AMR.