JURÍDICO

ENTRADA EN VIGOR EN LA CIUDAD DE MÉXICO DE LA NORMA OFICIAL DE HOME OFFICE O TRABAJO EN CASA

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Enero 05, 2024
ENTRADA EN VIGOR EN LA CIUDAD DE MÉXICO DE LA NORMA OFICIAL DE HOME OFFICE O TRABAJO EN CASA

Les informamos que ya entró en vigor en la Ciudad de México la Ley Home Office o Trabajo en Casa, por lo que es muy importante que todas aquellas Empresas Restauranteras que se encuentren bajo esta modalidad, cumplan con lo siguiente:

La Norma Oficial Home Office regula el Teletrabajo, también conocido como Trabajo en Casa, sólo aplica a todos aquellos Centros de Trabajo que tengan más del 40% de su personal trabajando bajo esta modalidad. 

El patrón tiene obligación de pagar los servicios de Internet y energía eléctrica generados con motivo del desarrollo del Teletrabajo por parte del empleado.

Deben proporcionar al trabajador las herramientas necesarias para el desempeño de sus actividades.

Establecer el horario de labores bajo el cual el trabajador se desempeñará, así como su día de descanso semanal.

El trabajador tendrá derecho a desconectarse de la comunicación con la empresa después de concluir su horario de labores, y la garantía de que no se les soliciten tareas en periodos vacacionales o relativos a licencias por maternidad, adopción o tiempo de lactancia.

Las personas que se desempeñen bajo la norma de Home Office tienen los mismos derechos laborales respecto de aquellas que lo realicen en la oficina de la empresa, incluyendo los derechos de sindicalización y negociación colectiva.

Contar con un listado actualizado de los trabajadores que trabajan bajo la modalidad de Home Office o Teletrabajo en casa, a fin de contar con un registro por separado de quienes se desempeñan en oficina o en trabajo de campo.

Deberá celebrarse por escrito un Contrato Individual de Trabajo entre el Patrón y el Trabajador que preste sus servicios bajo la modalidad de Home Office o Teletrabajo donde se establezcan las condiciones en las que desarrollará sus actividades (categoría, sueldo diario, horario de trabajo, día de descanso, horario para tomar alimentos o descansar, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, entre otras).

Informar al trabajador sobre los riesgos en materias de seguridad y salud que existen con esta modalidad, y proporcionarle una lista de verificación de condiciones, así como su validación por parte de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.

La Norma Oficial brinda protección especial a todos aquellos trabajadores o trabajadoras que puedan sufrir violencia en el hogar y reconoce el derecho de las mujeres en periodo lactante, a tener lapsos de pausa para alimentar al recién nacido o extraer leche.

 

FUENTE: Jurídico AMR.