JURÍDICO

PROPUESTAS PARA REFORMAR DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Febrero 02, 2024
PROPUESTAS PARA REFORMAR DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Fueron presentados en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dos propuestas para Reformar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. La primera por el Partido del Trabajo, y la segunda por Movimiento Ciudadano, para aumentar hasta 12 días libres a los trabajadores en México, las cuales pasaron a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de dicha Cámara para su estudio. 

El Partido del Trabajo propone que los patrones otorguen un día de permiso laboral con goce de sueldo a los trabajadores que hayan sido víctimas de robo o asalto durante sus traslados de sus casas a sus centros de trabajo o en su retorno. 

Se funda la propuesta de un nuevo día libre con la finalidad de que los afectados acudan a denunciar el delito de que fueron víctimas ante el Ministerio Público correspondiente. Con ello, se reformarían los Artículos 132 y 134 de la Ley Federal del Trabajo que establecen las obligaciones de los patrones y de los trabajadores.

Se impone la obligación para que el trabajador afectado presente al patrón el documento que acredite haber sufrido ese hecho, y así evitar abusos.

La segunda propuesta corresponde a Movimiento Ciudadano planteando se otorgue una Licencia de hasta 12 días laborales al año con goce de sueldo para los padres de familia o tutores cuyos hijos menores de 12 años padezcan alguna lesión, enfermedad o condición médica que haga necesaria su hospitalización, reposo o acompañamiento continuo.

Los trabajadores que se encuentren en esta circunstancia deberán presentar al patrón una constancia médica que acredite el padecimiento y la duración del tratamiento que sus hijos tengan que recibir para que se pueda hacer efectiva la licencia.

Con ello, se pretende modificar el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo que regula las obligaciones de los patrones, así como el artículo 140 Ter de la Ley del Seguro Social y 37 Ter de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 

 

FUENTE: Jurídico AMR.