INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO IMPULSADA EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS SOBRE TRANSPARENCIA SALARIAL
Fuente: Jurídico AMR | Publicado: Febrero 20, 2026
Se impulsa en la Cámara de Diputados un Dictamen avalado por la Comisión del Trabajo y Previsión Social sobre un nuevo Derecho Laboral denominado “Transparencia Salarial”, que en México actualmente sólo el 10% de las empresas lo cumple.
La Transparencia Salarial es compartir con los trabajadores la información sobre tabuladores y factores que determinan los salarios, el acceso a la información de estructuras, criterios para fijación de los salarios, publicación de vacantes con sueldo y prestaciones salariales transparentes y visibles, así como las sanciones por el mal uso de datos o información.
La Reforma a la Ley Federal del Trabajo incorporaría el acceso a la transparencia salarial como un derecho laboral básico, bajo los siguientes ejes:
- Clausulas en los Contratos que limiten el acceso a la transparencia salarial o con salarios menores en la contratación, serían nulas.
- Los rangos salariales del puesto y factores que incidan en su modificación deben integrarse a los Contratos Individuales de Trabajo.
- Las empresas por obligación usarán criterios objetivos y transparentes sobre el valor al trabajo garantizando la igualdad salarial.
- El Trabajador tendrá derecho a conocer la información de las Estructuras Salariales y los criterios empleados para determinar sus remuneraciones.
- Todas las empresas tendrán prohibido publicar vacantes que no contengan el sueldo y las prestaciones.
- No se podrán modificar unilateralmente, ni el salario, ni las prestaciones después de la contratación.
- Queda prohibido a los patrones negarse a compartir información sobre escalas salariales y sus criterios para determinar las remuneraciones de un mismo puesto o categoría similar cuando sea solicitado por el trabajador.
- Tanto el derecho a la Transparencia Salarial, como a sus Reglas, deben comprenderse dentro del Reglamento Interior de Trabajo aplicable.
- El uso no adecuado de la información, causar daño a la empresa o a los compañeros de trabajo, será causa de recisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón.
FUENTE: Jurídico AMR.



