JURÍDICO

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO

Fuente: | Publicado: Noviembre 02, 2018
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO

La Ley Federal del Trabajo establece la obligación para los Patrones de formular el Reglamento Interior de Trabajo que contenga las disposiciones obligatorias para los trabajadores y patrones en el desarrollo de los trabajos en una Empresa o Establecimiento.



El Reglamento, debe contener las siguientes disposiciones:

  • Hora de entrada y salida de los trabajadores, tiempo destinado para las comidas y periodos de reposo durante la jornada.
  • Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo.
  • Días y horas fijados para hacer la limpieza a los Establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles de trabajo. 
  • Días y lugares de pago.
  • Normas para el uso de los asientos o sillas en número suficiente a disposición de los trabajadores. 
  • Normas para prevenir los riesgos de trabajo e instrucciones para prestar los primeros auxilios.
  • Labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores y la protección que deban tener las trabajadoras embarazadas.
  • Tiempo y forma en que los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos, previos y periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las Autoridades. 
  • Permisos y licencias.
  • Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación. La suspensión en el trabajo, como medida disciplinaria, no podrá exceder de ocho días. El trabajador tendrá derecho a ser oído antes de que se aplique la sanción.
  • Las demás Normas necesarias y convenientes, de acuerdo con la naturaleza de cada Empresa o Establecimiento para conseguir la mayor seguridad y regularidad en el desarrollo de trabajo.

Para la formulación del Reglamento Interior de Trabajo, deberá observarse lo siguiente:

  • Se formulará por una Comisión Mixta de los Trabajadores y del Patrón.
  • Si las partes se ponen de acuerdo, cualquiera de ellas, dentro de los ocho días siguientes a su firma, lo depositarán ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para su Registro. 
  • El Reglamento surtirá efectos legales a partir de la fecha de su depósito o Registro ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje correspondiente. Deberá imprimirse y repartirse entre los trabajadores y se fijará en los lugares más visibles del Establecimiento.

Se recomienda que cuando se entregue un ejemplar a cada trabajador, firme de recibido con nombre y fecha.

Cuando en la Empresa aplique Contrato Colectivo de Trabajo, corresponderá al Sindicato Titular del Contrato, representar los intereses de los trabajadores en la formulación y firma del Reglamento Interior de Trabajo, así como para su depósito.